Departamentos y Títulos profesionales de la Marina Mercante
Entrevista Cope + Galicia del 25/05/22 a las 1310h:
Recientemente, el RD 269/2022, de 12 de abril, ha venido a regular los actuales títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante. Este decreto divide los títulos en tres secciones: departamento de puente y cubierta, departamento de máquinas, y departamento de radioelectrónica y radiocomunicaciones. Como novedad, en el departamento de máquinas se regula el título de Oficial Electrotécnico de la Marina Mercante, que nace ante la importancia que ha adquirido en los últimos años la electricidad en los buques, con la llegada de la alta tensión, entre otros motivos. Estos títulos, junto con los de la Marina de Pesca, y la Marina de Recreo, establecen el catálogo de títulos de la Marina Civil, y son diferentes de los títulos de ingeniería naval y oceánica.

Introducción:
Tras la publicación en 1981, por el entones Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, de un real decreto (RD) sobre títulos profesionales de la marina mercante, se pasó a adecuar los citados títulos al nuevo plan de estudios de la carrera de Náutica que se había aprobado en 1977, y que era idéntico para todas las escuelas de marina civil de España. Aquel RD disponía las condiciones exigibles para la obtención de los títulos profesionales de la Marina Mercante y las atribuciones correspondientes a los mismos, clasificados en tres secciones: náutica, máquinas navales y radioelectrónica naval. Aparte aquel RD también regulaba los títulos de navegación de cabotaje (patrón, y patrón mayor).
Posteriormente, otro RD de 2009 vino a adecuar de nuevo las titulaciones profesionales de la marina mercante a otros nuevos planes de estudios, ahora ya dependientes de las diferentes universidades, y distintos en cada una de ellas. El nuevo RD enumeraba todos los títulos profesionales de la marina mercante, similares a los actuales, y que eran los siguientes: Capitán, Piloto de primera, Piloto de segunda, Patrón de altura, Patrón de litoral, Patrón portuario, Marinero de puente, Jefe de máquinas, Oficial de máquinas de primera y Oficial de máquinas de segunda de la marina mercante, Mecánico mayor naval, Mecánico naval, Marinero de máquinas, Oficial radioelectrónico de primera y Oficial radioelectrónico de segunda de la marina mercante.
A continuación, el RD indicaba que todos aquellos títulos se clasificaban en tres secciones, denominadas sección de puente o cubierta, sección de máquinas y sección de radiocomunicaciones. Por primera vez aparecía la denominación de sección de cubierta, probablemente procedente de la denominación anglosajona deck.
Finalmente, y muy recientemente, el RD 269/2022, de 12 de abril, ha vuelto a regular los títulos profesionales y de competencia de la Marina Mercante. Esta vez divide los títulos en tres secciones: departamento de puente y cubierta, departamento de máquinas, y departamento de radioelectrónica y radiocomunicaciones. Como novedad, en el departamento de máquinas se regula el título de Oficial Electrotécnico de la Marina Mercante, diferente de los títulos de los oficiales radioelectrónicos de la sección tercera tradicional, conocidos tradicionalmente como radios, y casi en extinción en los buques hoy en día, ya que sus tareas han pasado a ser realizadas por los oficiales de puente poseedores de los títulos correspondientes de operadores del sistema mundial de socorro y seguridad marítima. El nuevo título de oficial electrotécnico (ETO) nace ante la importancia que ha adquirido en los últimos años la electricidad en los buques.

La marina de pesca:
La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, establece en su artículo 42 que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), regulará las titulaciones de los profesionales del sector en el marco del sistema educativo general, estableciendo los requisitos de idoneidad y las atribuciones profesionales correspondientes a cada título, sin perjuicio de las competencias del antiguo Ministerio de Fomento, ahora Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). Esta competencia en la actualidad es asumida por el propio MAPA.
Por ello, mediante el RD 36/2014 se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, que en España son los siguientes: a) Capitán de pesca; b) Patrón de altura; c) Patrón de litoral; d) Patrón costero polivalente; e) Patrón local de pesca; f) Marinero pescador; g) Mecánico mayor naval; y h) Mecánico naval. Los títulos anteriores se clasifican en tres secciones: sección puente, a la que pertenecen los títulos que van de la letra a) a la c); sección polivalente, títulos de la d) a la f); y sección de máquinas, recogidos en las letras g) y h).

Explicado esto, nos podría surgir la siguiente incógnita: ¿Pueden los oficiales de la MM enrolarse en los buques de pesca? ¿y viceversa?
Respecto al primer interrogante, los titulados de máquinas de la marina mercante podrán ejercer las atribuciones que les concede su titulación a bordo de los buques pesqueros, pero previamente a su embarque, deberán acreditar ante la comunidad autónoma o, en su caso, ante el MAPA, que se hallan en posesión de una tarjeta profesional de máquinas de la marina mercante, a efectos de ser incluidos en el Registro de Profesionales del Sector Pesquero.
Este paso es fundamental, ya que sólo los titulados de la marina mercante que se hallen en el citado registro podrán ejercer sus funciones en buques de pesca. Y en lo referente a los titulados de puente de la marina mercante, los capitanes y pilotos de la marina mercante podrán ejercer funciones en buques pesqueros dentro de las condiciones y atribuciones recogidas en la Orden de 28 de febrero de 1976, la cual establece las condiciones que precisan los Oficiales de la Marina Mercante para desempeñar plazas en los buques de pesca.Según el artículo 3 de la citada orden, todos los Capitanes y Pilotos de la Marina Mercante estarán facultados para enrolarse en plaza de Oficial en buques pesqueros.
También en el artículo 4 de dicha orden se indica que, para la obtención del título de capitán de pesca, los capitanes y pilotos de la marina mercante, deberán superar un examen sobre pesca y acreditar de cien a trescientos días de navegación (dependiendo del título) en buques pesqueros, en la forma establecida en el artículo segundo de la Orden ministerial de Comercio de 21 de enero de 1975, (y además perfeccionados con anterioridad a la fecha de celebración del examen).
Respecto al segundo interrogante, el de si los titulados del MAPA pueden enrolarse en los buques mercantes, la respuesta también es afirmativa, y al igual que antes, tras la inscripción en el registro correspondiente, esta vez del MITMA. Como se ha indicado con anterioridad, la tarjeta profesional de Patrón de Altura de la Marina Mercante atribuye a sus poseedores a ejercer como oficiales de puente y cubierta encargados de la guardia de navegación en buques de arqueo bruto inferior a 3000 GT, aunque a oficiales con cierta experiencia, tal como indica el RD 269/2022, también se les permite embarcar incluso de capitán, en buques de determinado porte.
Los requisitos específicos para su obtención son el de estar en posesión del título académico de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura, o de otro título de técnico superior que lo sustituya, reconocido en este ámbito, o sea, nos referimos a titulaciones de escuelas náutico-pesqueras. Aunque en realidad, hoy en día, cuando los alumnos finalizan esos estudios de técnicos superiores, pueden elegir entre darse de alta en el registro del MAPA o en el del MITMA. Por su lado la tarjeta de Patrón de Litoral de la Marina Mercante atribuye a embarcar como Oficial de puente y cubierta en buques civiles de arqueo bruto inferior a 1.600 GT. Para obtenerla se debe estar en posesión del título académico de Técnico en Navegación y Pesca de Litoral o de otro título de técnico que lo sustituya, reconocido en este ámbito.

¿MARINA MERCANTE y MARINA CIVIL son términos equivalentes?
Aunque en el pasado sí pudieron serlo, hoy en día, son marinas distintas. Ya en el año 1978, el presidente Suárez llevó a cabo un pequeño cambio, sustituyendo el nombre de la “Subsecretaría de Marina Mercante (SMM)” por el de “Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante (SPMM)”. Y finalmente, por RD 1897/1980, la SPMM se dividió en dos. Por un lado, quedaría una “Subsecretaría de Pesca” (más tarde llamada “Secretaría General de Pesca Marítima”), dependiente del MAPA; y, por otro lado, la “Dirección General de Tráfico Marítimo (DTMM)”, que cambiaría posteriormente su nombre al actual de “Dirección General de Marina Mercante (DGMM)”, dentro del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Pero hubo que esperar hasta 1992, para que el ministro Borrell aprobara la revolucionaria “Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante”, que trajo muchos cambios en el mundo marítimo. Entre otros, con ella se derogó la “Ley Penal y Disciplinaria de la Marina Mercante (LPDMM)”, vigente desde finales de 1955, de la que se podría destacar, a título anecdótico, que preveía castigos por faltas en la mar, como por ejemplo el de privar a los marinos de su ración diaria de vino. La nueva ley de Puertos de 1992 establecía las bases de una administración marítima civil, la que tenemos hoy en día, con Capitanías Marítimas civiles que poco a poco fueron sustituyendo a las Comandancias de Marina de la Armada.
En la actualidad, el MITMA, a través de la DGMM se encarga de expedir las titulaciones profesionales de “marina mercante (MM)” (y curiosamente, dependiendo de las CCAA, también de las de recreo), y la Subsecretaría de Pesca y de Alimentación, de las de Pesca. Esto ya crea a fecha actual una brecha importante entre lo que podría ser MM y lo que sería Pesca.
Como ya se ha indicado, las habilitaciones profesionales marítimas en España se materializan en documentos que generalmente se denominan títulos. Estos son de diferente naturaleza, distinguiéndose los de Marina Mercante y los de Pesca, ambos de carácter civil. Son titulaciones civiles que forman parte de la marina civil, y a las que se podrían sumar los títulos de la marina de recreo, si consideramos que todo lo que no sea marina militar, sería marina civil. Por lo tanto, la marina mercante es una parte de la marina civil, y no un término equivalente.

Las titulaciones de recreo:
Las titulaciones náuticas de recreo habilitan para gobernar embarcaciones de recreo que no tengan fines comerciales. Esta característica, la no existencia de un fin comercial, es la que diferencia a la marina de placer, de las otras marinas civiles (mercante y pesca). Las titulaciones náuticas de recreo son emitidas por la DGMM o las CCAA que hayan asumido estas competencias (Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Ceuta, Galicia, Melilla, Murcia, País Vasco y Valencia).
Existen diferencias titulaciones de recreo, aunque las principales son las siguientes: Autorizaciones Federativas, Licencia de Navegación, Patrón de Moto Náutica, Patrón para Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate, Capitán de Yate, y Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo. Curiosamente, este último título profesional de embarcaciones de recreo, nació en los últimos años para cubrir cierto vacío existente. Este en concreto solo lo emite la DGMM, y concede atribuciones relativas a la formación, para que sus poseedores puedan actuar de manera profesional como instructores en las prácticas básicas de seguridad y de navegación que se impartan a otras personas que quieran obtener los títulos de Patrón para la Navegación Básica y Patrón de Embarcaciones de Recreo.

Marina Civil y Marina Militar:
Desde que existen barcos dedicados al comercio civil, se podría decir que existe una Marina Civil y una Marina Militar, aunque se debe destacar que en el pasado esta diferenciación no fue tan clara. Por tanto, el interrogante a resolver sería el siguiente: ¿en qué fecha podríamos datar el inicio de la existencia de ambas Marinas? El primer intento de dotar España con una estructura administrativa específica de la Marina Civil se registra a principios del siglo XVI, con los Reyes Católicos. El descubrimiento de Colón, en 1492, ya exigía una administración de tales características.
Pero habría que esperar a la llegada de las reformas impulsadas por la República que establecieron la ley de 12 de enero de 1932, que, entre otras cosas, contemplaba la separación de la Marina Civil de la Marina Militar, aunque ambas perteneciendo al Ministerio de Marina. En ese momento se creó la Subsecretaría de la Mariana Civil (SMC), cuya sede fue la misma que ocupa actualmente la DGMM. También se creó el Cuerpo de Servicios Marítimos. La SMC estaba formada por cuatro inspecciones: la de Navegación, la de Pesca, la de Buques y Construcción Naval y la de Personal y Alistamiento. En agosto de 1934, la nueva Subsecretaria perdió definitivamente su dependencia del Ministerio de Marina, pasando a depender del de Industria y Comercio.

El Marino:
La palabra marino abarca la aptitud para desempeñar labores a bordo de una nave o buque, sea como oficial o tripulante. Pero se debe destacar que la forma de referirse a los mismos es muy diferente en la marina de guerra (Armada) y en la marina de pesca y mercante.
El marino de la Armada, trabaja para una institución estatal, posee grados desde marinero a almirante y desarrolla su carrera en buques de la Armada. Por el contrario, los oficiales y tripulantes de la marina mercante y la marina de pesca, desarrollan sus estudios en universidades y en escuelas profesionales civiles de náutica y pesca. Los grados en los oficiales de la marina mercante, en la sección de puente, van desde piloto de segunda hasta capitán, y sus uniformes son semejantes a los de la Armada (aunque los civiles no poseen “cocas” en las bocamangas).
Destacar que, los marinos civiles, como ya se ha indicado, poseen titulaciones profesionales y tarjetas profesionales que les facultan para ejercer una profesión en los buques mercantes y de pesca, pero aparte existen los Certificados de Especialidad, que les aportan una capacitación para afrontar situaciones de emergencia, así como conocimiento en materia de seguridad en el trabajo, atención médica, supervivencia en la mar, y una formación específica para los buques de pasaje y buques tanque. Por lo tanto, los marinos civiles, además de las titulaciones correspondientes, y dependiendo del tipo de buque en el que embarquen (petrolero, gasero, pasaje, quimiquero, etcétera), tendrán que poseer los certificados de especialidad obligatorios necesarios. Como último indicar, que tanto los títulos, como este tipo de certificados, tendrán que ser revalidados cada cinco años, en un centro profesional especializado en este tipo de cursos.
Desde la aprobación de una resolución de la OMI de junio de 2010, cada 23 de junio, desde 2011, se celebra el día del marino, como señal de respeto, reconocimiento y gratitud hacia la gente de mar de todo el mundo.

El papel de la mujer:
En los años cincuenta y sesenta todavía sobrevivía una antigua creencia acerca de una superstición sobre las mujeres y los barcos. Se pensaba que la mujer a bordo era símbolo de mala suerte en los buques. Obviamente aquella superstición fue erradicada poco después. En aquella época en España, la reglamentación impedía a las mujeres ingresar en las Fuerzas Armadas, impedimento que se extendía también a las Escuelas Superiores de Marina Civil.
Esa legislación se derogó en los años ochenta, tras la llegada de la Constitución del 78, que establecía la igualdad ante la ley de hombres y mujeres, sin discriminación de sexo. Por ello en el curso escolar 1979-80, las mujeres por primera vez se pudieron matricular en las carreras náuticas de las Escuelas Superiores de Marina Civil en España. Cinco años después, en 1984, surgía la primera Oficial (Piloto de Segunda) de la Marina Mercante. Aquella asturiana respondía al nombre de María Ángeles Rodríguez Bernabeu. Tras ella llegarían la primera capitán de la Marina Mercante, la canaria Mercedes Marrero Valero en 1992; la primera capitán con mando en 1994, Idoia Ibáñez Ozores; la primera Oficial de Máquinas, María Cardona; la primera Jefe de Máquinas, Belén Crespo, ya en el año 2000; y hace muy poco tiempo, la primera Práctico (en Algeciras), Macarena Gil, en el año 2015.
En la Marina de Guerra, en la Armada, la primera mujer oficial con mando, la actual capitán de navío Esther Yáñez, surgió en 2005. Tras ella solo ha habido otras tres oficiales con mando, las capitanes de Corbeta Anita Sánchez Pandal y Carmen Marina Goicoechea Margalef, y más recientemente la teniente de Navío Paloma Sevillano. Curiosamente Anita Sánchez ha sido la primera y única práctico militar, cargo que ocupa en la actualidad en el Arsenal Militar de Ferrol.
Se debe destacar que, en la trigésimo segunda asamblea de la OMI celebrada en 2021, se aprobó el implementar el día 18 de mayo, como fecha de referencia específica a la labor y presencia de la mujer en el ámbito marítimo. Por lo tanto, desde este año, cada 18 de mayo se celebrará el día de la mujer en el sector marítimo, como apoyo para la búsqueda de un entorno laboral libre de obstáculos.

Ingenieros navales e ingenieros marinos:
Allá por los años ochenta y noventa, cuando cursé mis estudios de Marina Civil, ya existía una polémica, casi histórica, referente a la reivindicación del nombre de ingeniero por parte de los estudiantes de marina civil. Aunque también es verdad que solía preocupar más a los titulados de Máquinas, que a los de Puente, como era mi caso. Toda la confusión parece que procedía de la denominación que los ingleses daban a los Jefes de Máquinas de los buques, Chief Engineer.
Voy a intentar explicar de una forma rápida, que no es nada fácil, este asunto. Las escuelas de Ingeniería Naval y Oceánica, como las que tenemos en Ferrol, Madrid o Cartagena, forman a los diseñadores de los buques; mientras que las escuelas de Marina Civil (Escuelas Técnicas Superiores de Náutica y Máquinas Navales), como las de Coruña, Bilbao, Cádiz o Tenerife, forman a los usuarios de los mismos. En ese punto radica la diferencia principal. Evidentemente los planes de estudios tienen su paralelismo, porque todo orbita sobre los barcos, y al final cada profesional trabajará en lo que quiera y en lo que pueda, pero el origen debe estar claro.
Mientras cursan sus estudios, ni los estudiantes de Marina Civil piensan en diseñar buques en el futuro, ni los de Ingeniería Naval en tripularlos, por lo que no debería existir esa confusión. Yo al menos nunca la tuve. Los marinos mercantes españoles son grandes expertos que demuestran gran profesionalidad en múltiples ocasiones, pero no son ingenieros navales y por ello no pueden atribuírseles sus competencias, del mismo modo que a un Ingeniero Naval tampoco se le pueden otorgar las competencias de gobernar un buque.
Eso no quiere decir que las escuelas de Marina Civil sólo formen oficiales para navegar, pero sí que ese es su fin principal. Y digo esto porque el negocio marítimo “intermodal” da oportunidades a los marinos civiles para buscar alternativas de otros trabajos que no sean puramente los de embarque. Por todo esto yo animo a todos aquellos estudiantes que se encuentren actualmente cursando, o bien los estudios de Marina Civil, o bien los de Ingeniería Naval, a que sigan realizándolos con entusiasmo, pero siempre teniendo claro hacia dónde apuntan sus objetivos. Ambas titulaciones darán una buena salida a sus aspiraciones, pero cada una con un rumbo diferente.
Y explicado el tema de las atribuciones, ahora viene el lio de las denominaciones de las titulaciones, asunto más complejo. La adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), conocido como Plan Bolonia, canceló el catálogo oficial de títulos universitarios causando una desenfrenada oferta de títulos, en muchos de los cuales se incorporaba el nombre de ingeniería, probablemente para hacerlos más atractivos a los potenciales estudiantes, y creando cierta confusión en los alumnos sobre las competencias de los mismos. Entre las nuevas ingenierías aparecieron los Ingenieros Marinos de los estudios de marina civil, que vinieron a cruzarse con otras nuevas acepciones que crearon los Ingenieros Navales, tales como Ingeniero Náutico, Arquitecto Naval, o Ingeniero en Propulsión y Servicios.

Pero en 2014, tras recurso del COIN, el Tribunal Supremo ordenó que se excluyera la palabra Ingeniería en los títulos de marina civil. El Tribunal explica en la sentencia que los estudios de Piloto y de Máquinas Navales se orientan, desde el punto de vista profesional, de competencias y de conocimientos adquiridos, a una actividad de navegación que no es la definidora de la Ingeniería y recalca que esta diferencia “ha de preservarse académica y profesionalmente en evitación de eventuales confusiones”. Por esta razón, el Tribunal Supremo ordenó que se excluyera el sustantivo Ingeniería, en cuanto que con este sustantivo del título académico sobre el que se debatía no resaltaba con la suficiente nitidez la actividad para la que habilitaba.
Curiosamente esta sentencia no afectó a la Escuela de Marina Civil de Santander, ya que esta hizo la solicitud del cambio de manera independiente al resto de escuelas de marina civil de España, y por tanto mantiene el nombre de ingeniería en su grado y máster. También es curioso el caso de la escuela que imparte estudios de marina civil en Coruña (de la UDC), que sí mantiene el nombre de ingeniería en el máster (ingeniería marina), ya que lo obtuvo antes de todo el lio.
También es de destacar el caso de la escuela de Barcelona, única de España, dentro de las de estudios de marina civil, que es conocida como facultad. En ella, aparte de los estudios de marina civil, también se imparten estudios de grado de ingeniería naval, de propulsión y servicios, por su cercanía a los de marina civil de la sección de máquinas. Generalmente en estas escuelas, con un poco de esfuerzo adicional, obtienen la titulación de grado de ingeniería y la de marina civil de máquinas.
Por último, no podría dejar de mencionar otro caso curioso, el de la formación que se imparte en el Grado en Marina de la Escuela de Ingeniería de Bilbao, que incluye los estudios de marina civil. El grado de Marina, el de la sección de Máquinas de la MM, en 2018 consiguió el máximo reconocimiento europeo, el sello EUR-ACE. Se trata de la acreditación internacional de ingeniería más prestigiosa de Europa que distingue a los centros que cumplen los máximos estándares de calidad, relevancia, transparencia, reconocimiento y movilidad contemplados en el Espacio Europeo de Educación Superior. Este grado se convirtió ese año en el primero de ingeniería de la UPV/EHU que lograba ese certificado internacional de calidad, una buena noticia para unos estudios con altas tasas de empleabilidad y que certifica la calidad de su formación, además del reconocimiento internacional de sus titulados.
Curiosamente, aunque el certificado lo concede la Red Europea para la Acreditación de la Enseñanza en Ingeniería, que en España lo gestiona la ANECA (que se encarga de la aprobación de todos los títulos universitarios), en el caso del grado vizcaíno, llevó un camino diferente. Logró en 2015 la acreditación en el Engineering Council de Gran Bretaña, considerado como el organismo regulador para esta profesión de más prestigio de Europa, lo que les permitía contar de forma directa con el sello EUR-ACE. La entidad británica comprueba que el plan de estudios se ajusta a la labor que deben desarrollar los titulados y su certificación les concede atribuciones profesionales de ingeniero para ejercer en todo el mundo. Por lo tanto, no deja de ser curioso que al menos en la escuela de Bilbao no se imparta una titulación dual, en el caso de máquinas, tal como hace Barcelona.

Conclusiones:
En la actualidad, para manejar buques civiles existen tres tipos de habilitaciones:
- Títulos profesionales, que facultan para ejercer una profesión en los buques mercantes y pesqueros.
- Certificados de seguridad y especialidad marítima, para realizar determinadas funciones por los profesionales.
- Titulaciones de recreo, para manejar embarcaciones deportivas que no tengan fin comercial.
Y finalmente, para ejercer funciones en los buques de guerra, será necesario pertenecer a la Armada, y poseer un determinado grado. Otro caso diferente sería el embarque en otro tipo de Buques de Estado, pero en esa lección no se entrará hoy, por problemas de espacio.
Para terminar, se debe indicar que la gran analogía que existe, entre las marinas Mercante y de Pesca, es que ambas marinas son ejercitadas por marinos civiles. O dicho de forma opuesta, por marinos “no militares”. Igual las cosas se aclararon un poco cuando en los años noventa las Escuelas Superiores de Marina Civil, las que formaban a los marinos mercantes, pasaron a denominarse Escuelas Técnicas Superiores de Náutica y Máquinas, perdiendo de esa forma la exclusividad que tenían sobre el nombre de Marina Civil.

¡ HASTA EL PRÓXIMO MES!
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Completamente de acuerdo Raúl. Fueron buenos tiempos en mi caso. Buenos barcos con tripulaciones británicas, noruegas, alemanas, y españolas. Pero siempre buena camaradería. Créeme si te digo, que hecho de menos las tertulias en la cámara después de comer, y los enfados del viejo, que siempre decía que le fastidiabamos la siesta con tanta tertulia. Hi hi hi hi. Y la fiesta y bromas al paso del Ecuador.
Entonces todas las comunicaciones eran vía radio, y la Red de estaciones costeras a nivel mundial, nos daban seguridad, pues sabías que había personas a pie de obra dispuestas a ayudarte. Creo, que había un perfil más humano en todos los aspectos. Pero ya no volverán ésos tiempos felices. La tecnología está muy bien, pero creo que nos ha deshumanizado en muchos aspectos. De nuevo un abrazo Raúl.
Andres joven Rivero.
Gracias Andrés¡
Estupendo articulo Raul. Buenos Días. Y dejas muy claro la labor de los ingenieros Navales y Marinos mercantes que tanta polémica han ocasionado. Todo cambió mucho desde que yo sali en 1.973 de la Escuela Oficial de Nautica de Bilbao «Leopoldo Boado», como se llamaba entonces. Hoy, la figura del Oficial Radioelectronico es clave a bordo, para mantener y reparar los equipos de comunicaciones y navegación. En nuestra epoca, era el Oficial Radiotelegrafista el que se encargaba de todas éstas cosas, sobre todo en buques extranjeros, además de llevar la nomina, anticipos en puertos y papeleo de autoridades. Un fuerte abrazo Raul.
Andres Joven Rivero
Efectivamente Andrés, todo ha cambiado mucho. Gracias por tus palabras. Yo creo que erais más felices en aquella época que en la actual……Ahora hay demasiadas polémicas. Un fuerte abrazo Andrés