Los registros de los buques y las listas
Entrevista Cope + Galicia Lunes 30/01/18 a 1230 h:
Los buques, al igual que las personas, poseen una nacionalidad propia que aparece plasmada en su pabellón. De esta forma, cuando un buque navega en alta mar, las leyes del Estado de su pabellón son las que imperan a bordo de ese buque. Y estas nacionalidades aparecen reflejadas en el Registro de Buques. En España se dispone de un Registro Público de carácter administrativo, que tiene por objeto la inscripción de los buques abanderados en nuestro país. El Registro se lleva a cabo en libros foliados denominados Listas, en los que se registran los buques, las embarcaciones, las plataformas, etcétera; atendiendo a su procedencia y a la actividad que desarrollan.
Las únicas embarcaciones exentas de pertenecer a los registros son aquellas de eslora inferior a 2,50 metros y los artefactos flotantes de playa (independientemente de su eslora). En España, existen poco más de 100 buques mercantes registrados en la lista correspondiente a ese tipo de barcos (existen muchos más de pesca y recreo en otras listas), que contrastan con los más de 8000 mercantes existentes en Panamá, el país preferido para abanderar buques.
Autoridad marítima de Panamá
Registro de Matrícula provincial:
Nuestros barcos y artefactos navales, para estar amparados por la legislación española, acogidos a los derechos que ésta concede y arbolar la bandera española, deben estar matriculados, en uno y sólo uno, de los Registros de Matrícula de Buques de cada provincia. Estos Registros de Matrícula de Buques, son públicos y de carácter administrativo. Cada Capitanía Marítima dispone de su propio Registro de Matrícula el cual está a cargo del Capitán Marítimo correspondiente de la Provincia.
Las famosas “Listas de Registro”:
Los buques, como ya se ha comentado, deben pertenecer a sólo una de las listas existentes. Existen las siguientes listas:
- Lista Primera: en ella se registran las plataformas de extracción de productos del subsuelo marino, los remolcadores de altura, los buques de apoyo y los dedicados al suministro a dichas plataformas que no estén registrados en otras Listas.
- Lista Segunda: aparecen los buques de construcción nacional, o importados, con arreglo a la legislación vigente, que se dediquen al transporte marítimo de pasajeros, de mercancías o de ambos. Es probablemente la lista más importante, ya que acoge a los buques de mayor porte (los barcos mercantes).
- Lista Tercera: seguramente la más conocida, la de los pesqueros. En ella se registran los buques de construcción nacional, o importados, destinados a la captura y extracción con fines comerciales de pescado y otros recursos marinos vivos.
Buques de la lista tercera
- Lista Cuarta: se registrarán en ella las embarcaciones auxiliares de pesca, las auxiliares de explotaciones de acuicultura y los artefactos dedicados al cultivo y estabulación de especies marinas (almadrabas).
- Lista Quinta: en ella se registrarán los remolcadores, embarcaciones y artefactos navales dedicados a los servicios de puertos, radas y bahías.
- Lista Sexta: incluye a las embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos. Esto supone que el barco no se puede dedicar al disfrute de su armador o propietario, sino que exclusivamente debe ser utilizado en concepto de “chárter”, alquiler o como barco escuela de una academia de navegación. La alternativa a esta lista es la lista 7ª, que sí permite el uso y disfrute de la embarcación por parte de su propietario, sin necesidad de contar con un contrato de explotación.
- Lista Séptima: se registrarán las embarcaciones de construcción nacional o debidamente importadas, de cualquier tipo, de eslora superior a los 2,5 m., cuyo uso exclusivo sea la práctica del deporte o recreo sin propósito lucrativo o la pesca no profesional.
Buque de la lista séptima
- Lista Octava: aparecerán en ella los buques o embarcaciones pertenecientes a organismos de carácter público, tanto de ámbito nacional como autonómico o local.
- Lista Novena o de «Registro Provisional»: se anotarán con este carácter los buques, embarcaciones o artefactos navales en construcción desde el momento que ésta se autoriza, exceptuándose las embarcaciones deportivas construidas en serie, con la debida autorización.
Registro Central
Además del Provincial, existe un Registro Central en la Dirección General de la Marina Mercante desde el que se controla el Registro Marítimo Central de todos los buques. En el Registro central deben aparecer todos los datos de los buques necesarios para conocer todas las posibilidades de su utilización, así como para poder informar debidamente y proponer la resolución que proceda en las peticiones de cambio de titularidad, dominio, nombre y Lista, exportación, desguace, pérdida total por accidente y, en general, cuantas incidencias administrativas puedan ocurrir al buque desde su entrada en servicio hasta su baja en el Registro.
Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias. (REBECA)
El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras, con sede en las Islas Canarias, tiene por objeto posibilitar la competitividad de las Empresas Navieras españolas a través de una serie de medidas homologables a las existentes en Registros similares de países miembros de la Unión Europea. Se trata de un Registro que nace con la finalidad, por decirlo de alguna forma, de hacer la competencia al Registro de Panamá. Ante el descenso de la flota mercante registrada en algunos países europeos, constatada desde comienzos de la década de los años 80, algunos países idearon la creación de segundos registros de buques a fin de conceder ventajas o beneficios a quienes inscribieran en ellos sus buques, básicamente con el objeto de combatir el fenómeno de las Banderas de Conveniencia y la competencia desleal derivada de los costes laborales y fiscales reducidos.
De esta forma, a fecha actual, existen unos 300 barcos inscritos en esta lista.
Matrículas de buques de España:
Los barcos, al igual que los automóviles, tienen su matrícula, la cual nos va a proporcionar mucha información del buque. Generalmente, esta matrícula sólo la veremos en buques de pesca y recreo. Los buques matriculados en España, tienen una configuración, empezando por la izquierda, de: un primer número, que pertenece a la lista. Después se muestran, por lo general, dos letras, que identifican en qué puerto fue matriculada la embarcación, y tras ellas aparece otro número que indica el distrito marítimo. El cuarto carácter pertenece al folio en el que está inscrito el buque, y los dos últimos indican en qué año fue matriculado el buque.
Veamos un ejemplo:
Pesquero con matrícula
Esta matricula nos indica que se trata de un buque de la lista 3 (3ª), de BI-2 (Bermeo), del folio 4, y del año 2005 (05).
Los puertos y distritos de España son los siguientes:
La lista Octava:
En la pasada entrada del blog, en la que hablaba de marina mercante y marina civil, tuve un apartado dedicado a los “barcos de estado”. Comentaba que se trataba de buques que tenían un carácter jurídico especial, tanto nacionales, como autonómicos y locales. Decía también que algunos de ellos, como los buques de guerra, aparecían inscritos en la LOBA (Lista Oficial de Buques de la Armada), pero otros no. Estos últimos, los buques de Estado que no aparecían en la LOBA, aparecen inscritos en la lista Octava que hoy nos atañe. De esta forma esta lista está formada por más de cien buques entre los que se encuentran los de la Guardia Civil, los de Salvamento, los de la Cruz Roja, de Protección Civil, barcos de la Consellería de Pesca, embarcaciones de Escuelas Públicas y Universidades, buques de apoyo de Autoridades Portuarias y de la DGMM, etcétera.
Volviendo un poco a la noticia pasada del blog, alguien me podría preguntar: ¿y qué titulación es necesaria para capitanear un barco de estado de la lista octava?
Pues como siempre, la respuesta es: “depende”. Por norma general serán necesarias titulaciones profesionales, pero en determinadas circunstancias (cruz roja, protección civil), la DGMM (Dirección General de la Marina Mercante), a través de las capitanías marítimas, puede autorizar el uso de las titulaciones de recreo al personal que preste servicios en determinados organismos, asociaciones, entidades públicas u organizaciones humanitarias, sin ánimo de lucro, para el gobierno de embarcaciones inscritas en la lista octava cuando su finalidad tenga carácter humanitario, científico, de seguridad u otros de igual naturaleza.
Barco lista Octava
La anécdota: la matrícula del mar de los Siglos XVII-XVIII:
La Matricula de Mar estaba formada por un conjunto de listas donde se habían inscritos los hombres de mar voluntarios (marinería), que procedentes principalmente de Andalucía, País Vasco y Galicia, buscaban un medio de vida para salir de la marginación.
Los marineros aparecían registrados por orden alfabético en las listas, y en ellas constaban su nombre y apellidos, nombres de padre y madre, lugar de nacimiento, edad, estado, color de los ojos, del pelo, así como las señales de rostro y cuerpo que lo distinguieran del resto. Estas listas, aparecían a su vez divididas en secciones que, cuando eran requeridas, servían para que los buques de guerra seleccionaran a su personal. No obstante se debe remarcar que la matrícula fue complicada de gestionar, posiblemente frenó las inversiones en el sector pesquero, y no logró el control de todos los profesionales del mar, ni cubrir por completo las demandas de hombres para la Armada en tiempos de guerra.
¡Hasta dentro de dos semanas!
Alguien puede informarme si este barco de Bermeo existió o existe y quien es su dueño y como puedo contactar.
La matricula es BI-2-6586
muchas GRACIAS
suerte!
Adam Phillips
Jesus Lane
Jazmine Sanchez
Jacob Tang
Gran aporte Raúl. Lo que si me pudieras resolver una duda te lo agradecería. Los barcos de la lista 5 podrían registrarse en el registro especial canario si lo que prestan son servicios portuarios??
Hola Jonatahn. Gracias. Respecto a tu pregunta: si realizan una actividad mercantil, y son de más de 100 GT, si deberían poder inscribirse. Saludos
Oye alguien sabe un buque cablero a qué lista pertenece?
Lista Quinta creo. Buques especiales puerto
Muchas gracias Raúl. Lo haré!
Feliz día.
Igualmente. Saludos
Gracias Raul, he leido algunas de tus publicaciones en el blog y son muy interesantes.
Adicionalmente este tema me interesa, sAbrías donde puedo encontrar alguna lista de buques desguazados en España?
saludos,
Gracias Mila. Pues lista en sí, no sé. Aunque tal vez, consultando las memorias de las autoridades portuarias, que están descargables en diferentes webs, o en la de puertos del estado, tal vez tengan información sobre buques desguazados. En concreto en las memorias de la autoridad portuaria de Ferrol, se puede consultar, pero tienes que ir año por año. Saludos
Hola Raúl.
Que bien explicado!!!
Ahora ya podemos interpretar las matrículas de los barcos.
Un saludo.
Gracias Saturnino. Un abrazo
Lo acabo de leer con retraso, me encantó el artículo,he aprendido cosas que no tenia ni idea, enhorabuena,un saludo.
Nunca es con retraso. Se lee cuando apetece…..Un abrazo
Gracias Raúl. Lo acabo de leer. Muy útil para los que preparamos la oposición de seguridad marítima. Te propongo escribir algo sobre los acontecimientos que precipitaron las creación de la OMI y los principales convenios. Saludos
Me lo apunto. Saludos
Boa información. Saludos
Gracias Tino. Hasta otra
Muchas gracias Raúl. Los detalles son increibles
Gracias a ti Sr. Arias. Un saludo
Raúl,
me ha encantado el artículo. Siempre me he hecho un lío con las matrículas de los barcos.
Está muy bien estructurado y redactado.
Gracias
Gracias Jesús. Saludos
Buenos días Raúl. Como siempre impartiendo buena doctrina.Un saludo y buen fin de semana.
Igualmente. Un abrazo
Gracias Raúl. La verdad es que no tenía ni idea y ahora ya me podré tirar un poco el rollo con mis hijos cuando vayamos de paseo por el puerto jejeje. Gracias de nuevo por «culturizarnos» un poco a los inexpertos como yo. Un fuerte abrazo amigo.
Gracias Antonio. Difunde, difunde….Un abrazo
Interesante y descriptivo artículo. De DIEZ como siempre.
Gracias amigo. Te llevas la medalla de la semana¡¡¡